Objeto
El presente reglamento tiene por objeto establecer normas de funcionamiento para el acceso por parte de los distintas categorías de asociados a los beneficios ofrecidos por la Asociación de Tenedores de Bonos (ATB).
Beneficios disponibles
- Reintegros en medicamentos, óptica y odontología
- Reintegro Jardín de Infantes
- Becas a Estudiantes
- Créditos ATB
- Club Sunset
3. Definiciones
En el presente reglamento se entiende por:
a) Asociados Activos Plenos
Serán considerados asociados activos plenos los que revistan el carácter de personal de INVAP en relación técnica y económica con dicha empresa. (Art 5 Inc a – Estatuto ATB). Asimismo serán considerados dentro de esta categoría a los asociados que se encuentran jubilados y que continúen trabajando en INVAP en relación de dependencia o bajo contrato a término y opten expresamente por seguir abonando la cuota social.
b) Asociados Vitalicios
Serán considerados asociados vitalicios quiénes se jubilan en la empresa o cumplan veinticinco (25) años de antigüedad como asociados y un mínimo de sesenta (60) años de edad (Art 5 Inc d – Estatuto ATB). Aquellos asociados que cumplan estos requisitos y sigan en relación de dependencia con la empresa, podrán optar por convertirse en socio vitalicios o seguir abonando la cuota social y mantener el status de socio activo pleno. En este último caso se mantendrá el acceso a todos los beneficios disponibles.
c) Asociados Adherentes
Será considerado asociado adherente toda persona física que quiera asociarse, previa aprobación de la solicitud por escrito presentada a la comisión directiva. Esta categoría tiene el mismo status que el asociado participante. Para acceder a los beneficios el asociado adherente esta obligado a abonar una cuota mensual que se actualizará en función de los incrementos saláriales de INVAP SE.
4. Del Acceso a los beneficios
a) Los asociados Activos Plenos tendrán acceso a todos los beneficios disponibles sin restricciones. Los jubilados que por opción mantengan su estatus de asociados activos plenos, tendrán algunas restricciones en el acceso a créditos teniendo en cuenta el contrato a término para especificar el monto y el número de las cuotas.
b) Acceso a los beneficios para los Asociados Vitalicios:
- Reintegros en medicamentos, óptica y odontología: se accederá a este beneficio con un tope total anual calculado según se establece en el presente reglamento. Este beneficio se hará efectivo vía reintegro, con presentación a la Secretaria de ATB de copia de la factura y la respectiva receta médica.
- Créditos: sin acceso, ya que la prestación de este beneficio se encuentra indefectiblemente atada a la relación de dependencia con la empresa y a la retención de la cuota por planilla de sueldos. Se descarta el pago en Secretaría de ATB por la carga administrativa y el riesgo por manejo de efectivo que implica.
- Reintegro por Jardín de infantes y becas para estudiantes, sin acceso.
- Se mantienen los beneficios del club para los asociados Vitalicios.
c) Acceso a los beneficios para los Asociados Adherentes
- Reintegros en medicamentos, óptica y odontología: Este beneficio se hará efectivo vía reintegro, con presentación a la Secretaria de ATB de copia de la factura y la respectiva receta médica.
- Créditos: sin acceso, ya que la prestación de este beneficio se encuentra indefectiblemente atada a la relación de dependencia con la empresa y a la retención de la cuota por planilla de sueldos. Se descarta el pago en Secretaría de ATB por la carga administrativa y el riesgo por manejo de efectivo que implica.
- Reintegro por Jardín de infantes y becas para estudiantes, sin acceso.
- Se mantienen los beneficios del club para los asociados adherentes.
La Comisión Directiva ATB